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Legislatura
IDT
31 de octubre de 2016 | 17:00

Rechazan cautelar sobre vacante en escuela elegida como primera opción

Es una decisión de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario

Escuela  FOTO: CMCABA

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –CMCABA- informó que la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario rechazó el pedido dictado de una medida cautelar para que se otorgue una vacante en escuela elegida como primera opción.

noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el CMCABA:

“La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires resolvió rechazar la apelación planteada por la madre de una alumna de primer grado de un colegio dependiente del Estado local, ante la decisión en primera instancia de no conceder el dictado de una medida cautelar a fin de que se le asigne a su hija una vacante en la escuela elegida como primera opción al momento de la inscripción on-line.

En la sentencia firmada el pasado 6 de octubre por los jueces Esteban Centanaro y Fabiana Schafrik, se describe que los argumentos de la apelación se centran en que si bien se había asignado una vacante entre las escuelas seleccionadas como prioridades en la preinscripción, tal opción se había realizado porque “… el sistema de inscripción on-line obliga a los aspirantes a ‘elegir’ una cantidad de opciones, entre las alternativas ofertadas por dicho sistema, no otorgando una real libertad de elección, ya que muchas escuelas no están en el sistema, y en muchos casos, como el de referencia, la única opción viable de acuerdo a la necesidad y organización familiar, es la primera, y las restantes, son seleccionadas meramente para poder completar la inscripción”.

Frente a estos fundamentos, los camaristas entendieron que “la apelación deducida habrá de ser rechazada”, ya que “la actora se ha limitado a cuestionar genéricamente el sistema de inscripción, mas sin hacer concreta referencia al agravio que le ocasionaría la concurrencia de su hija al establecimiento asignado por el GCBA”.

En la resolución de Cámara también se destacan varios elementos valorados en primera instancia para rechazar el dictado de la medida cautelar solicitada, entre ellos que se ha asignado una vacante en primer grado en una institución que se encuentra en el mismo distrito escolar en el que se hallaban las primeras seis opciones elegidas, que la escuela se encuentra a doce cuadras del domicilio del demandante, y es de jornada completa, al igual que la opción solicitada en primer lugar.

En la sentencia los camaristas también valoraron un informe efectuado a solicitud del Ministerio Público Tutelar sobre la conveniencia o no de un posible cambio de establecimiento escolar a esta altura del presente ciclo lectivo.

“Tales circunstancias, sumadas a la información suministrada por el cuerpo docente del establecimiento al que concurre la niña, en el sentido de la inconveniencia de efectuar cambios respecto de este punto, conducen a confirmar, en suma, el rechazo de la medida cautelar requerida por la parte actora”, concluyeron los jueces.”