Obra social obligada a cubrir una operación de “by pass gástrico”
La Cámara Federal de Mar del Plata –Provincia de Buenos Aires – confirmó resolución dictada en el marco de una acción de amparo.
La Cámara Federal de Mar del Plata – Provincia de Buenos Aires – confirmó una resolución dictada en el marco de una acción de amparo que obliga a la Obra Social de Empleados y Personal Jerárquico de la Actividad del Neumático Argentino - OSEPJANA – a cubrir una operación operación de “by pass gástrico” a una afiliada.
“ La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene dicho que ‘el derecho a la salud, máxime cuando se trata de enfermedades graves, está íntimamente relacionado con el derecho a la vida, y es el primero de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución Nacional..” se señala en la decisión adoptada por los integrantes de la Cámara Federal de Mar del Plata.
Tambien los Jueces de Cámara señalaron que la afiliada se encuentra protegida por las previsiones de la Ley N° 26.396 - prevención y control de los trastornos alimentarios – y su incorporación al Programa Médico Obligatorio - cobertura del tratamiento integral de los trastornos alimentarios- . Las actuaciones se iniciaron a raíz de la presentación de un amparo ante riesgos a la salud.