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Legislatura
IDT
03 de febrero de 2014 | 17:00

No se podrán exhibir armas en las vidrieras de los comercios

Es una medida dispuesta por el Registro Nacional de Armas y Explosivos – Renar-

El Registro Nacional de Armas y Explosivos – Renar- dispuso que no se exhiban armas en las vidrieras de los comercios y que los legítimos usuarios para la guarda de armas de fuego deberán adoptar nuevas medidas de seguridad.

NoticiasJudiciales.INFO reproduce texto difundido por la Secretaría de Comunicación Pública –Presidencia de la Nación -:

“El Registro Nacional de Armas y Explosivos (Renar), dependiente del Ministerio de Justicia, informó que se "prohíbe la exhibición de armas en los locales comerciales que dan a la calle, y que los Legítimos Usuarios para la guarda de armas de fuego deben respetar nuevas medidas de seguridad".

Según detalló la cartera de Justicia en un comunicado "la norma incorpora como obligatorio, para todos los usuarios comerciales y agencias, el monitoreo permanente de los sectores de guarda mediante cámaras de seguridad, alertas tempranas a distancia a dispositivos fijos, o móviles en red con sus propietarios". También establece para los grandes depósitos de almacenamiento la instalación de sensores anti boquetes.

El Director del Renar, Matías Molle, expresó que “la nueva norma, con requisitos más rigurosos, es parte de un conjunto de disposiciones que apuntan siempre a un mismo objetivo: hacer más efectivo el control de armas en el país”.

Justicia explicó que la medida -publicada en el boletín oficial mediante la Disposición 0233/14- fija cuáles deben ser las condiciones mínimas de seguridad que deben cumplir los usuarios, estableciendo la inspección previa y obligatoria de los sistemas de seguridad que poseen las instalaciones de los usuarios comerciales con mayor cantidad de armas, y a garantizar la guarda del material, incorporando exigencias mayores de seguridad en todas las categorías de usuarios”.