No podrán ser demolidos edificios construidos antes del año 1941
La decisión fue adoptada en el marco de una acción de amparo presentada por varias organizaciones vecinales.
La Juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dra. Andrea Danas ordeno - en el marco de una acción de amparo - que los edificios con valor histórico y cultural construidos con anterioridad al año 1941 no podrán ser demolidos - aproximadamente 100.000 construcciones - .La medida fue adoptada a raíz de una presentación efectuada por varias organizaciones vecinales dado que el próximo 31 de Diciembre pierde su vigencia la Ley N° 2.548 - procedimiento especial para la protección de inmuebles en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -.
Desde la Proto Comuna Caballito –PCC - señalaron que “ la jueza Danas aceptó el argumento de urgencia presentado por varias organizaciones ante la inminencia de la pérdida de vigencia, el próximo 31 de diciembre, de la Ley 2548 que establece un Procedimiento Especial de Protección Patrimonial para dichos inmuebles". Además la PCC precisó que la Dra. Andrea Danas estableció “ la suspensión del otorgamiento de permisos de demolición u obra respecto de la totalidad de inmuebles de dominio público o privado cuya fecha de construcción sea anterior al año 1941".