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Legislatura
IDT
08 de mayo de 2014 | 17:00

Inscripción para el Registro de Abogados Certificadores del CPACF

Desde el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal señalaron que el cupo inicial es de apenas 300 matriculados certificadores

Colegio Público de Abogados de la Capital Federa FOTO: CPACF

El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal –CPACF- lanzo la inscripción correspondiente al denominado Registro de Abogados Certificadores- finaliza el próximo 23 de mayo -. Desde el CPACF informaron que el cupo inicial es de apenas 300 matriculados certificadores y que los Abogados habilitados “podrán certificar que la firma y la toma de impresiones digitales, puestas por una persona identificada según la normativa vigente, fueron realizadas frente a él en determinado documento; certificar total o parcialmente las copias de documentos que le sean presentados y expedir certificaciones sobre expedientes judiciales o administrativos de exclusiva incumbencia legal”. Esta iniciativa de las actuales autoridades del CPACF ya recibió una serie de cuestionamientos y no se descartan presentaciones judiciales contra la implementación del mencionado Registro de Abogados Certificadores.

NoticiasJudiciales.INFO reproduce texto difundido por el CPACF:

“Se trata del Registro que tiene a su cargo la inscripción de las certificaciones efectuadas por los Matriculados Certificadores, en la forma y con los alcances que determine la reglamentación ordenada por el CPACF, en los supuestos permitidos por la legislación local; y en la medida que tal función no sea incumbencia exclusiva y excluyente de otra profesión legalmente regulada.

Se podrán inscribir todos los abogados matriculados en el CPACF, que estén al día con sus contribuciones colegiales y que no tengan sanciones disciplinarias por faltas graves, que tengan quince o más años de antigüedad, contados desde la fecha de expedición del título, y que cuenten con estudio jurídico en la Capital Federal con infraestructura y recursos suficientes y adecuados para el cumplimiento de la función.

Los Abogados habilitados por el CPACF podrán certificar que la firma y la toma de impresiones digitales, puestas por una persona identificada según la normativa vigente, fueron realizadas frente a él en determinado documento; certificar total o parcialmente las copias de documentos que le sean presentados y expedir certificaciones sobre expedientes judiciales o administrativos de exclusiva incumbencia legal.

La inscripción en el Registro es gratuita y los interesados deberán presentarse acreditando el cumplimiento de los requisitos exigidos entre el 21 de abril y el 23 de mayo del corriente año. El cupo inicial es de 300 Matriculados Certificadores.

La Certificación de la correspondencia de la firma o impresión digital del otorgante, que acredite la identidad de la persona conforme su DNI, será extendida en el folio de certificación de firma original, preimpreso y numerado, provisto por el Colegio. En el caso de Certificación de copias expedirá la certificación de copia válida del documento que se le encomiende, con el folio de certificación de copia.

Si se trata de Certificación de expedientes con dictamen profesional, se extenderá sobre un folio de actuación expresamente dispuesto por el CPACF a tal efecto. Esta certificación importa necesariamente la opinión jurídica del Matriculado Certificador respecto al cumplimiento de disposiciones legales y las formas de realización de los actos.

Más información:

matricula@cpacf.org.ar

Teléfono: 4379-8700 int. 228”