Impulsan paquete de leyes de transparencia política e institucional
Es una iniciativa de los legisladores Paula Oliveto Lago y Maximiliano Ferraro
Los legisladores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Paula Oliveto Lago y Maximiliano Ferraro - Bloque CC ARI - presentaron un paquete de proyectos de ley de transparencia política e institucional. “Tenemos que acompañar desde la Ciudad al presidente Macri que está trabajando en la agenda de transparencia, y le pedimos a Rodríguez Larreta que estudie y acompañe los proyectos de la Coalición Cívica sobre desarrollo institucional y políticas activas contra la corrupción. Es una oportunidad histórica y esperamos estar a la altura de las circunstancias” afirmó la Legisladora Paula Oliveto Lago en relación a las iniciativas presentadas ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por los legisladores Paula Oliveto Lago y Maximiliano Ferraro:
“Los legisladores porteños de la Coalición Cívica ARI, Paula Oliveto Lago y Maximiliano Ferraro, presentaron en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires un paquete de proyectos de ley para impulsar la transparencia política e institucional, en clara sintonía con las políticas que se llevan adelante a nivel nacional.
“Nos parece importante empezar a discutir una serie de proyectos que apuntan a lograr un mejor y transparente funcionamiento de las instituciones y relaciones políticas, más aún cuando la agenda política que promociona el Ministro del interior, Rogelio Frigerio, claramente va en ese sentido”, dijo Ferraro.
La presidente del bloque de Coalición Cívica, Oliveto Lago destacó que “tenemos que acompañar desde la Ciudad al presidente Macri que está trabajando en la agenda de transparencia, y le pedimos a Rodríguez Larreta que estudie y acompañe los proyectos de la Coalición Cívica sobre desarrollo institucional y políticas activas contra la corrupción. Es una oportunidad histórica y esperamos estar a la altura de las circunstancias”.
El paquete de leyes, tendientes a fortalecer las instituciones, garantizar la autonomía de la ciudad y cumplir con los mandatos de la Constitución de CABA en cuestiones relativas a la transparencia pública y principios republicanos de gobierno, está conformado por los siguientes proyectos:
Proyecto de ley para crear la Fiscalía de Investigaciones Administrativa (65-D-2016): planea generar mayor transparencia en la gestión a través de la investigación de los delitos en la administración pública, promoviendo la investigación de la conducta administrativa de los agentes, funcionarios y personal contratado.
Modificación de la Ley de Ética Pública (artículos 6; 18; 30 y 32) e incorporación del artículo 35 (146-D-2016): fortalecer las normas de Ética en la Función Pública. Entre las mismas se encuentran la ampliación de aquellos agentes públicos que están obligados a presentar declaraciones juradas, la publicación en la página web del Gobierno de la Ciudad de los nombres de los funcionarios incumplientes y el establecimiento de penalidades, entre otros.
Incorporación del artículo 12 bis a la Ley de Ética Pública (207-D-2016): determina la prohibición de designar personal en planta permanente por parte de los sujetos comprendidos en el Capítulo III titulado "Incompatibilidades y Conflictos de Intereses" de la ley 4895, dentro del plazo de un año, anterior al cese de sus funciones.
Modificación del artículo 14 de la Ley 325 (1030-D-2015): establecer las facultades de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires en aquellos casos que ante el requerimiento de colaboración, documentación formulado a los fines del cumplimiento de sus funciones, se encuentre con una negativa, tardanza u obstaculización del organismo auditado. El proyecto pretende dotar al organismo de mayores y mejores herramientas para el cumplimiento de sus funciones.
Modificación de la Ley 1218 (205-D-2016): cuyo fin es optimizar el funcionamiento de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Entre algunas de las medidas se encuentran la incorporación de abogados dependientes del Procurador en distintas órganos de la Administración Pública.
Obra Pública (1256-D-2015): establecer las normas básicas que debe observar el Sector Público de la Ciudad en todas las obras públicas que se celebren y/o ejecuten.
Modificación Artículo 121 Ley 70 (138-D-2015): se propone fortalecer las competencias de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y la Auditoría General de la Ciudad como organismos de Control Interno y Externo.
Proyecto de ley de Publicidad Oficial (40- D - 2016) cuyo objetivo es regular la producción, el contenido, el gasto, la contratación y la distribución de la publicidad oficial de la CABA, y establecer mecanismos de control con el fin de garantizar el uso de los recursos públicos.
Proyecto de ley (45 -D– 2016) de partidos políticos y su financiamiento que regula la conformación, la organización, el funcionamiento, los derechos y las obligaciones de los partidos políticos en el ámbito de la Ciudad. Norma distintos aspectos del funcionamiento interno de un partido, todo lo relacionado con su carta orgánica, sus órganos partidarios, los requisitos para afiliarse, la realización de elecciones internas y la obligación de llevar determinados libros donde se asientan sus principales actos. También fija pautas referentes a la fundación y constitución de los partidos políticos.
Proyecto de ley (128-D-2016) para implementar el debate público, televisivo y obligatorio entre los candidatos a Jefe de Gobierno de CABA. El debate permitirá dar a conocer las propuestas políticas de los candidatos y sus plataformas electorales, y que los ciudadanos puedan valorarlas en un ámbito neutral, democrático y republicano.
Proyecto de ley (2630 –D-2015) para regular el proceso de transición republicana: son medidas que reglen la transferencia de la administración entre el gobierno en funciones y el gobierno electo en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, entre ellas la conformación de un Comité de transición.
Proyecto de ley (44-D-2016) para crear la Oficina de presupuesto de la Legislatura de la Ciudad, como entidad autárquica, con personería jurídica propia e independencia funcional. Este órgano deberá trabajar de manera independiente en la elaboración de informes técnicos acerca de las variables económicas, para dotar a los legisladores las herramientas necesarias para controlar el estado general de cuentas de la Ciudad y el seguimiento de la ejecución presupuestaria.
Proyecto de ley (2208-D-2015) para regular los medios de transportes gubernamentales en campaña electoral, de forma de limitar el uso de bienes estatales para fines electorales. Así se prohíbe toda utilización con fines de campaña electoral de bienes de dominio de la Ciudad por parte del Jefe de Gobierno, Vicejefe de Gobierno, diputados, funcionarios, asesores y empleados que a la vez sean candidatos a cargos ejecutivos, legislativos y comunales.
Proyecto de ley (177 -D– 2016) para transparentar la designación de Jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. El mismo propone incorporar a la Ley Nº6 “Audiencia Pública”, una serie de datos de los candidatos como los antecedentes curriculares y la declaración jurada de bienes, entre otros.
Proyecto de ley (73 –D- 2016) para elaborar un Régimen Electoral propio de la Ciudad de Buenos Aires que resulte moderno, ágil y suficiente para robustecer la república democrática en nuestra ciudad. El mismo también apunta a garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato entre mujeres y varones.
Modificación Ley 104 ( 327-D-2016 ) sobre el derecho a la información con el objetivo que toda persona tenga derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano perteneciente a la Administración Central, Descentralizada, Entes Autárquicos, Organismos Interjurisdiccionales integrados por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires así como Empresas y Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con participación Estatal mayoritaria, Sociedades de economía mixta, todas aquellas otras organizaciones Empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias”.