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19 de agosto de 2021 | 17:00

Dictan condenas en causa iniciada por comercio de estupefacientes

La investigación fue realizada por el Fiscal Sebastián Fedullo

El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -MPFCABA – informó que se dictaron condenas en causa iniciada por comercio de estupefacientes. Desde el MPFCABA señalaron que la investigación fue realizada por el Fiscal Sebastián Fedullo.

Noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el MPFCABA:

“Una investigación relacionada con el narcomenudeo llevada adelante por la Fiscalía PCyF 12, a cargo del Dr. Sebastián Fedullo, logró esta semana la condena de tres imputados responsables de los hechos.

De esta manera, la actuación de la justicia de la Ciudad permitió condenar a la pena de tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento a un hombre que había sido encontrado junto a otro, a bordo de un taxi transportando dos ladrillos de marihuana, y meses más tarde, con envoltorios de cocaína y portando un arma sin permiso en el Barrio 31 de esta ciudad.

En cuanto a los otros imputados del caso —quienes no tenían antecedentes penales— el acompañante del taxi fue imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes, mientras que el autor del segundo de los hechos investigados, quien suministró el material estupefaciente a otro de los imputados, ambos fueron condenados a la pena de tres años de prisión en suspenso y al pago de las costas, por los delitos de tenencia simple de estupefacientes y suministro de estupefacientes a título gratuito, respectivamente. Asimismo, se les impusieron reglas de conducta por el término de tres años, consistentes—entre otras— en abstenerse de utilizar estupefacientes y la obligación de donar los teléfonos celulares incautados como así también de la totalidad del dinero en efectivo secuestrado, todo lo cual será entregado a instituciones hospitalarias y/o educativas de esta Ciudad.

El primero de los casos, se inició en la tarde del pasado 29 de septiembre de 2020, cuando dos hombres —que circulaban a bordo de un taxi sin sus barbijos colocados—, fueron observados por un agente de la Policía de la Ciudad, quien detuvo la marcha del vehículo y se acercó a identificar a sus ocupantes. Al acercarse y advertir el estado de nerviosismo en uno de los dos pasajeros, el policía procedió a requisarlos, hallando en poder de los mismos una bolsa con dos ladrillos de marihuana. Ante tal situación, se detuvo a los acusados, quienes fueron finalmente imputados y condenados por el delito de tenencia simple de estupefacientes del art. 14 inciso 1º de la Ley 23.737.

En conexión con la causa anterior, en el mes de enero de este año, dos policías que recorrían el Barrio 31 de esta Ciudad en tareas de prevención, observaron a dos personas realizando un movimiento compatible con el de intercambio de estupefacientes, concretamente, el primero de ellos —quien se hallaba a bordo de una bicicleta— le hacía entrega de los elementos al otro acusado. Al ser registrados, el suministrado tenía en su poder tres envoltorios de cocaína, aunque por escasas cantidades, pero portaba además una pistola calibre 11.25 milímetros con la inscripción “Ejército Argentino” y la numeración limada. Quien llevaba tales elementos, era el mismo imputado del primero de los hechos a quien anteriormente se le había hallado dos ladrillos de marihuana en un taxi, quien fue finalmente condenado por los dos hechos, en virtud de los delitos de tenencia simple de estupefacientes, portación de arma de guerra sin la debida autorización legal y encubrimiento simple calificado porque el autor podía sospechar que provenía de un delito.

Ante tal circunstancia, el Fiscal Fedullo ordenó la detención de los acusados y los imputó por los delitos de tenencia simple de estupefacientes, portación ilegítima de arma de guerra, encubrimiento agravado y suministro de estupefacientes a título gratuito. Ambos hechos se acumularon en un mismo legajo y tramitaron de modo conexo, siendo que finalmente en un acuerdo de avenimiento, los imputados reconocieron los hechos y se acordaron las penas indicadas.

Finalmente, este 17 de agosto del corriente, el juez Juan José Cavallari, a cargo del Juzgado PCyF 30, homologó el acuerdo de avenimiento por el que se condenó a la pena de tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento para el imputado que participó en ambos sucesos delictivos, como así también las penas de tres años en suspenso para los dos restantes”.