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Legislatura
IDT
13 de junio de 2024 | 17:00

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó la Ley de Reiterancia

Es una modificación al Código Procesal Penal que fue impulsada por el Jefe de Gobierno, Jorge Macri

LCABA FOTO: WEB

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -LCABA-  aprobó la Ley de Reiterancia, modificacion al Código Procesal Penal que fue impulsada por el Jefe de Gobierno, Jorge Macri.

noticiasjudiciales.info  reproduce texto difundido por la LCABA:

"Los diputados de la Ciudad de Buenos Aires sancionaron hoy una ley que agrava la situación procesal penal de los imputados con “reiteración de delitos” en una sesión que comenzó cerca del mediodía y fue presidida por la Vicejefa de Gobierno, Clara Muzzio.

Estas modificaciones al Código Procesal Penal porteño fueron establecidas en una ley que impulsó el jefe de Gobierno de la Ciudad, Jorge Macri, la cual se analizó y discutió durante varias jornadas en las comisiones parlamentarias de Justicia y de Asuntos Constitucionales. Finalmente, este jueves se aprobó en sesión ordinaria por 36 votos positivos sobre 57 diputados presentes, con la oposición de Unión x la Patria y diputados de izquierda.

La adecuación consiste en modificar el artículo 182 del Código, incorporando a la reiteración delictiva como una nueva circunstancia objetiva a evaluar por los jueces y juezas a la hora de considerar el peligro de fuga. “Es una medida que encuentra sólido respaldo en la jurisprudencia de la Corte Suprema y en la normativa vigente”, se fundamentó en el despacho tratado y aprobado.

Además, ciertos actos dictados en el marco de un proceso penal concernientes a personas de nacionalidad extranjera que se encuentren involucrados en hechos delictivos, deberán ser comunicados por los jueces a la Dirección Nacional de Migraciones. También se suma la obligación de informar cuando en un proceso penal se dicte sentencia condenatoria y respecto de los extranjeros que cumplen penas privativas de la libertad, si se dan las condiciones de extrañamiento (expulsión del territorio nacional).

En cuanto a situaciones de ilícitos en flagrancia, se legislan normas especiales en lo que se denomina “allanamiento de urgencia” y en todos los supuestos, efectuadas las actuaciones de urgencia, se deberá notificar de manera inmediata al juez y al fiscal.” Otra norma relacionada con lo judicial que fue aprobada este jueves es una ley que ordena y define taxativamente la nomenclatura de todos los órganos y estamentos del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma".