Decretaron el sobreseimiento de periodistas en una causa por espionaje
Es una decisión de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal
La Corte Suprema de Justicia de la Nación –CSJN- informó que la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal dictó el sobreseimiento de los periodistas Carlos Pagni, Roberto García,Edgar Mainhard, Juan Bautista Yofre, Héctor Roberto Alderete y Pablo Alfredo Carpintero, entre otros en el marco de una causa iniciada por espionaje. En la decisión de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal se establece que el invocado espionaje por el cual se hizo girar un proceso penal de oficio durante nueve años, no es una violación de secretos de Estado a tenor de la Ley de Espionaje, en su Art. 2°
noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por la CSJN:
“La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Liliana Elena Catucci, Eduardo Rafael Riggi y Mariano Hernán Borinsky, dictó el sobreseimiento de los imputados en la causa de interceptación de e-mails de funcionarios públicos del gobierno de Néstor Kirchner y de Cristina Fernández de Kirchner.
Los camaristas consideraron que el invocado espionaje por el cual se hizo girar un proceso penal de oficio nueve años, no era una violación de secretos de Estado a tenor de la Ley de Espionaje, en su artículo 2.
En el fallo se destacó que los correos electrónicos interferidos no contenían información susceptible de ser considerada secretos de Estado, bajo la citada ley.
También se puso de manifiesto que si bien las conductas imputadas podían constituir otros delitos vinculados a la intercepción, acceso o apertura indebida de comunicaciones electrónicas (art. 153 del C.P.), como eran delitos de acción privada (Art. 73 inc. 2 del C.P.) y las víctimas no los habían impulsado de acuerdo a los procedimientos legalmente establecidos, no se podía proceder, a su respecto, de oficio como lo hizo la Juez a cargo del Juzgado Federal de San Isidro, provincia de Buenos Aires.
Juan Bautista Yofre, Héctor Roberto Guillermo Alderete; Pablo Alfredo Carpintero, habían sido procesados por los delitos de espionaje y asociación ilícita; Carlos Orlando Pagni; Edgar Walter Mainhard y Roberto Angel García por obtención de secretos por revelación y encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, mientras que Néstor Carlos Ick y Daniel Manuel Reimundes, sólo por este último delito. Tampoco la Alzada advirtió las incoherencias de trámite, sino que se limitó a efectuar algunas correcciones en la adecuación legal.
Se llamó la atención a la magistrada por el trámite impreso a las actuaciones, que tampoco la Alzada corrigió y se recordó a los periodistas la responsabilidad en la forma de recoger la información, alejada de todo medio ilegal, y la seriedad de su divulgación”.