Continúa la investigación sobre el atentado a la Embajada de Israel
La Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un comunicado
La Corte Suprema de Justicia de la Nación –CSJN - emitió un comunicado en el que expresa que continúa la investigación sobre el atentado a la Embajada de Israel – hecho registrado el día 17 de marzo de 1992 y que causó la muerte de 22 personas-. Esta comunicación fue difundida tras la afirmación realizada por el Presidente de la CSJN, Dr. Ricardo Lorenzetti acerca de la condición de “cosa juzgada” en relación a la causa iniciada por la voladura de la sede diplomática israelí.
noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por la CSJN: Informe de la Secretaría Judicial N° 3 a cargo Dr. Esteban Canevari:
“Expediente S.143 XXIV
El 17 de marzo de 1992, aproximadamente a las 14.47 hs.
se produjo un atentado en el edificio de la sede de la
Embajada de Israel en la ciudad de Buenos Aires, sito en
Arroyo 916.
En la resolución del 23 de diciembre de 1999, publicada
en Fallos 333:3297 la Corte, tuvo por probado que el
hecho fue causado por la explosión de una carga de
pentrita y trinitrotolueno que había sido acondicionada en
la parte posterior derecha del interior de una camioneta
Ford F 100, dominio C.1.275.871.
La camioneta había estado detenida en el
estacionamiento que la firma Dakota SA regenteaba en
Cerrito entre Juncal y Arroyo. Ya fuera de ese lugar
circuló por la calle nombrada donde –a la altura del 916,
sede del edificio de la embajada de Israel- ascendió a la
vereda con sus dos ruedas derechas produciéndose
inmediatamente una explosión de considerables
dimensiones que provocó la destrucción de la
sede diplomática y daños en otros edificios de las
inmediaciones y en los vehículos que estaban
estacionados en la zona o que circulaban por el lugar.
Por el hecho fallecieron 22 personas y resultaron
heridas más de 350 que fueron atendidas en distintos
nosocomios de la Capital Federal. La existencia del
coche bomba está avalada, entre otras pruebas, por la
existencia de un cráter frente al edificio de la embajada,
el hallazgo de varias partes del motor del rodado sobre
los que se practicaron diversos peritajes que permitieron
ubicar el número del motor y así individualizarlo,
diversas declaraciones, etc.
También la Corte, en la mencionada resolución, se
expidió sobre la responsabilidad en el hecho investigado,
atribuyéndosela al grupo terrorista denominado Jihad
Islámica, brazo armado del Hezbollah.
Para ello tuvo en cuenta distintos cables de la Embajada
Argentina en el Líbano de febrero de 1992 referidos a las
repercusiones de la muerte violenta de Abbas Musawi,
secretario del Hezbollah, su esposa y un hijo de ambos.
Asimismo se valoró que la propia agrupación se había
atribuído la responsabilidad en el hecho al día siguiente
de ocurrido mediante la publicación de una solicitada en
el diario An Nahar de Beirut, El Líbano.
Las declaraciones de diplomáticos argentinos en aquel
país ratificaron aquella información. A partir de ello, el
Tribunal entendió que se había creado un estado de
sospecha suficiente como para disponer el
procesamiento de Imad Mughniyah y en consecuencia
recibirle declaración indagatoria, librándose la
consecuente orden de captura internacional a su
respecto.
Según información brindada por el Departamento de
Estado del Gobierno de EEUU, por el Gobierno de la
República Federal de Alemana y por la SIDE, Mughniyah
dirigía el aparato de seguridad central y exterior del
Hezbollah y era el responsable de la Jihad Islámica al
momento de cometerse el atentado.
Luego de la mencionada resolución de diciembre de 1999
el Tribunal continuó profundizando la investigación en
esa línea. Como resultado de ello, se pudieron establecer
vínculos entre el Hezbollah y personas sospechosas que
desarrollaban actividades supuestamente comerciales en
la zona conocida como “Triple Frontera”, entre otros
Samuel Salman El Reda Reda. Al respecto, se supo que
en durante 1992 un hermano suyo, José Salman El Reda
Reda había sido detenido y procesado por la justicia
federal de Rosario por habérsele secuestrado una
importante cantidad de dólares falsificados – conocidos
como “superdollares”- junto con otra documentación.
Es importante destacar que con este tipo de dólares
falsificados se financiarían actividades terroristas.
Al incorporarse aquella causa a la investigación de la
Corte se libró una orden de captura contra José Salman El Reda.
Con posterioridad la SIDE informó que organismos de
inteligencia de otros países le habían comunicado que en
junio de 2001 se detuvo en el Reino de Jordania a
Hussein Mohamad Ibrahim Suleiman, agente operativo
del Hezbollah, quien habría relatado que en 1991 viajó a
San Pablo y que a principios de 1992, en Foz de Iguazú,
recibió explosivos que transportó a la Argentina en
ónmibus -disimulados en cajas de alimentos- los que
más tarde fueron utilizados para el atentado contra la Embajada de Israel.
Para chequear esta información se libraron oficios a las
distintas fuerzas de seguridad, exhortos a distintos
países y Corte Suprema de Justicia de la Nación oficios a
organismos de inteligencia, pero hasta el momento la
misma no pudo ser corroborada.
También sobre la base de lo informado por el testigo “C”
de la causa AMIA, se investigó a Jaffar Saadat Ahmad
Nia, señalado como un diplomático iraní que sería
encargado de la logística en actos de terrorismo. Se
comprobó que el nombrado estuvo acreditado como
Agregado Civil en la Embajada Iraní en Brasil entre el 8
de junio de 1991 y el 28 de diciembre de 1993. Según
información de inteligencia habría entrado a la Argentina
el 16-3-92 y habría salido el 18-3-92. Pero esa información
no pudo ser comprobada hasta el momento, e inclusive
fue desvirtuada por organismos nacionales.
El 20 de diciembre de 2006 se reiteraron las órdenes de
captura internacional de Imad Mughniyah y José Salman El Reda.
Según notas periodísticas, Mughniyah habría fallecido el
12 de febrero de 2008 en un atentado en Damasco, por el
estallido de un coche bomba. Su fallecimiento habría sido
confirmado con la copia del Acta de defunción que
Interpol remitiera a la UFI AMIA, que fuera luego aportada
a esta investigación.
En conclusión, en estos autos, está probada la
materialidad de los hechos –cómo ocurrió el atentado- y
también señalada la responsabilidad penal de sus
autores.
Es en esta línea que el Sr. Presidente de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación informó que ambas
circunstancias (pilares de la investigación) han sido
consentidas por las partes, y que sobre esa base firme se
Corte Suprema de Justicia de la Nación continúa con la
pertinente investigación, para lo cual se ha
solicitado la necesaria colaboración internacional