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Legislatura
IDT
23 de abril de 2014 | 17:00

Confirman condenas dictadas en la causa “ESMA”

Es una decisión adoptada por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal

Ex - Escuela de Mecánica de la Armada FOTO: WEB

La Corte Suprema de Justicia de la Nación –CSJN- informó que la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó condenas dictadas en la causa “ESMA”  -investigación de delitos de Lesa Humanidad registrados en la Escuela de Mecánica de la Armada durante la última dictadura militar de la República Argentina -. Los Jueces de Cámara Ángela Ledesma, Pedro David y Alejandro Slokar además anularon absoluciones decretadas en el mencionado proceso judicial.

NoticiasJudiciales.INFO reproduce texto difundido por la CSJN:

“La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ángela E. Ledesma, Pedro R. David y Alejandro W. Slokar, dio a conocer este miércoles la sentencia en la causa caratulada: “Acosta, Jorge Eduardo y otros s/ recurso de casación”, en virtud de los recursos deducidos contra el pronunciamiento dictado por el Tribunal Oral Federal Nº 5 en el marco del primer tramo juzgado de los hechos sucedidos en la ex Escuela Mecánica de la Armada (ESMA) durante la última dictadura cívico militar.

El tribunal, en un fallo de más de medio millar de páginas, calificó los hechos cometidos en el centro clandestino de detención más grande y emblemático de la dictadura cívico militar, como “crímenes de lesa humanidad” y desestimó planteos de nulidad, prescripción e inconstitucionalidad. Así confirmó las condenas a prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua para Alfredo Ignacio Astiz, Jorge Eduardo Acosta, Ricardo Miguel Cavallo, Antonio Pernías, Raúl Enrique Scheller, Jorge Carlos Radice, Adolfo Miguel Donda, Alberto Eduardo González, Néstor Omar Savio y Ernesto Frimón Weber; la condena a 25 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para Manuel Jacinto García Tallada y Juan Carlos Fotea; 20 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para Carlos Octavio Capdevilla, 18 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para Juan Antonio Azic. Asimismo, revocó las absoluciones de Juan Carlos Rolón y Pablo García Velasco por arbitrariedad en la valoración de la prueba y ordenó, el dictado de un nuevo pronunciamiento conforme a derecho. Los condenados permanecen detenidos y alojados en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal.

El juez David, vocal que lideró el acuerdo, con la adhesión de los jueces Slokar y Ledesma, hizo especial consideración de los fundamentos del Derecho penal internacional, y reafirmó su postura al expedirse en el caso “Perišić”. Ello con base en las recientes sentencias dictadas en los casos “Taylor” y “Šainović” pronunciadas por la Corte Especial para Sierra Leona y por el Tribunal Penal Internacional de la ex Yugoslavia, respectivamente, que dejaron sin efecto la decisión que había adoptado equivocadamente la Sala de Apelaciones presidida por el juez Meron, en el mencionado caso “Perišić”. En consecuencia,  quedó ratificado que, en relación a la invención de la teoría de la “dirección específica”, dicho elemento no integra la participación criminal, pues se encuentra directa y materialmente en conflicto con los estándares del Derecho internacional consuetudinario y con la tradición jurisprudencial del Tribunal Penal Internacional de la ex Yugoslavia desarrollada por más de dos décadas.

En la causa seguida contra Jorge Eduardo Acosta y Alfredo Ignacio Astiz, entre otros, se juzgaron multiplicidad de secuestros, torturas,  homicidios y aún apoderamiento de bienes, que tuvieron, entre otras víctimas, al escritor y periodista Rodolfo Walsh. El tribunal confirmó la consumación de su muerte en manos de oficiales de la Unidad de Tareas que funcionaba en la ex ESMA durante un operativo en el que formaron parte entre 25 y 30 personas. También, con invocación de la jurisprudencia de los tribunales internacionales, se reafirmó el carácter de lesa humanidad de la apropiación de bienes privados.  En el marco de estos hechos se confirmó la idea de que la expresión “traslado” utilizada en el plan ilegal constituía el destino fatal.

También se acreditaron los hechos conocidos como “Iglesia de la Santa Cruz”, ocurridos entre el 8 y 10 de diciembre de 1977, que damnificaron a familiares y allegados de desaparecidos que trabajaban en pos de su búsqueda. Entre ellos se encuentran las religiosas francesas Leonnie Henriette Duquet y Anne Marie Jeanne Domon,.  Entre las víctimas también se encuentran las Madres fundadoras: Mary Bianco, Esther de Careaga y Azucena Villaflor de De Vicenti y Thelma Jara de Cabezas.