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16 de septiembre de 2016 | 17:00

Afirman que no aparece justificado el patrimonio General –R- César Milani

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 de la Capital Federal emitió un informe

César Milani  FOTO: WEB

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 de la Capital Federal en el marco de causa iniciada contra el General –R- César Milani por enriquecimiento ilícito emitió un informe que señala “no aparece justificado ni el patrimonio del Sr. MILANI, ni sus consumos, esto es, los importes mínimos que hubiera necesitado para atender sus necesidades personales y las de su familia. La ecuación ingresos contra inversiones y compras, de acuerdo a la documentación aportada, es inconsistente”.

noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3:

“En el marco de la causa que se le sigue al General César Milani por enriquecimiento ilícito, en el día de la fecha, el Juez Federal Daniel Rafecas recibió las conclusiones de la pericia contable que el Magistrado había encomendado en el mes de abril de este año, al Cuerpo de Peritos Contadores de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Se trata de una causa iniciada a mediados de 2013, en la cual en septiembre de ese año, el Dr. Rafecas ordenó la confección de un informe patrimonial preliminar –a cargo de la División Delitos Económicos de Prefectura Naval-, que fuera entregado en octubre de 2014. Completada la reunión de documentación adicional, en junio de 2015 el Fiscal interviniente, Dr. Di Lello, requirió la intervención técnica de la PROCELAC, organismo éste que entregó su informe final en febrero de este año, con el cual el Dr. Di Lello requirió la pericia contable de los expertos de la Corte, a lo que el Magistrado hizo lugar.

En dicho informe, los peritos contables de la CSJN Oscar Fernández, Rubén Pappacena y Abel Britos concluyeron, en los puntos más salientes, que:

“No aparece justificado ni el patrimonio del Sr. MILANI, ni sus consumos, esto es, los importes mínimos que hubiera necesitado para atender sus necesidades personales y las de su familia. La ecuación ingresos contra inversiones y compras, de acuerdo a la documentación aportada, es inconsistente”.

Asimismo, que “el Sr. MILANI no puede justificar la compra del inmueble sito en calle O’Higgins N° 3636, entre Blanco Encalada y Acceso Norte, de la localidad y partido de San Isidro”.

También, que “…no fue considerado el presunto préstamo que se denuncia que habría realizado el Sr. Barreiro, ya que el mismo no fue incluido por ninguna de las partes en sus declaraciones ante los organismos de control, y el mutuo que lo instrumenta no reúne los requisitos mínimos de fecha cierta, ni autenticación de los firmantes…”.

Como los peritos de parte de la defensa no han entregado aun sus conclusiones –en disidencia con la pericia oficial-, el Magistrado les notificó que en el plazo de 24 horas entreguen su informe por separado, conforme lo que establecen las normas procesales aplicables, a los efectos de continuar con la tramitación de la causa”.