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08 de enero de 2021 | 17:00

Uso como marca de nombres e imágenes de terceros

Por Gustavo Sena - Socio del estudio SENA & BERTON MORENO fundado en el año 1938 -

Sobre el cierre del año me parece de utilidad comentar un caso vinculado con la propiedad intelectual, que se dio en el 2020.

A fines de agosto trascendió que una profesora chilena comenzó a comercializar miel distinguiéndola como MIEL GIBSON, acompañándola además con la imagen del famoso actor y haciendo alusión a la película “corazón valiente” dirigida, producida y protagonizada por el mismo.

No es un caso aislado. La estrategia comercial de usar como nombre de locales o como marca el nombre, o la imagen de personas famosas, o de personajes de fantasía notorios es más habitual de lo que se cree.

La casuística es variada, con casos en nuestro país y también en el extranjero. Así podemos encontrar una barbería ¨Barber Streisand¨  en Londres  o casos de nuestro país que toman los nombres de Caterine Zeta Jones, de Brad Pitt o de Jim Morrison y juegan con ellos para distinguir un servicio de catering, una panadería o un gimnasio. En algunos casos utilizando también la imagen de las personalidades nombradas.

Creo que es útil volver sobre el asunto ya que algunos medios tomaron el tema como algo lúdico o divertido, por el ingenio y la ocurrencia para atar los nombres e imágenes de personas famosas o de importantes marcas con sus emprendimientos.

Mientras que otros colocaron el tema en el falso escenario de confrontar el fuerte contra el débil, el grande contra el chico y no trataron unos y otros en profundidad el punto crucial…pueden hacerlo?

Puede alguien usar en una actividad comercial el nombre, seudónimo, imagen, retrato de una persona sin su autorización?

La respuesta es no.

Sin importar la condición económica, la nacionalidad, su fortaleza ni ninguna otra característica personal.

Veamos

La ley de marcas es clara cuando dispone que no puede registrarse como marca el nombre, seudónimo o retrato de una persona sin su consentimiento o el de sus herederos hasta el cuarto grado inclusive.

Si no los puede registrar es obvio que tampoco puede usarlos sin su autorización.

Por su parte el Código Civil y Comercial, en forma más general y desde un punto de vista distinto al marcario, se refiere esencialmente al nombre como un ´derecho y deber´ de la persona y señala las acciones que esta tiene en su defensa.

El código también se refiere a la ¨imagen¨ como derecho personalísimo disponiendo que para poder ¨captar o reproducir¨ la imagen o la ¨voz¨ de una persona se requiere su consentimiento salvo que se den circunstancias habilitantes, como ser la participación en actos públicos, o exista un interés científico cultural o educacional o se trate del ejercicio regular del derecho de informar. En caso de muerte, sus herederos deben dar su consentimiento hasta 20 años después del fallecimiento. Luego si no es ofensiva la reproducción de la imagen es libre.

Aún así, de la conjunción de estas normas surge que el Nombre y la imagen de una persona son derechos personalísimos de ella y que para que un tercero pueda usarlos o registrarlos como marca necesita el consentimiento de la misma o el de sus herederos hasta el 4to grado inclusive.

Los casos que mencionamos son claros, los terceros no tienen derecho a usar o registrar los nombres, seudónimos o imágenes de personalidades famosas o de otros terceros sin su autorización. Pero puede presentarse alguna duda en caso de tratarse de nombres comunes José Pérez, Juan López etc. O de homónimos.

Rige en estos casos el principio que cualquier persona puede usar su nombre y apellido en una actividad comercial siempre que no se confunda con las preexistentes en el ramo. Si se trata de nombres comunes, y uno preexistió, los segundos deberán usar otro nombre o hacer agregados al propio que lo haga inconfundible. Lo mismos si son homónimos. Por ejemplo yo no podría poner una concesionaria de automóviles con mi apellido SENA a secas, por ya existir Sena Automotores.

¿Y la imagen? ¿Qué imagen no se puede usar? Toda imagen que sea atribuible a una persona, que se la reconozca, sin importar la época de la que se trate.

Por ejemplo si tomamos a Diego Armando Maradona, no se podrá registrar como marca su imagen con el equipo deportivo de “cebollita” haciendo jueguito, ni la de la época del Barcelona o del Nápoles o la de Boca con la franja amarilla en el pelo ni la del mundial de USA con el pelo corto ni la última conocida de él ya que todas son fácil y notoriamente atribuibles a Maradona. Es su imagen en distintas épocas reconocible por cualquier persona.

Con respecto al seudónimo, cuando es notorio tiene la misma protección que el nombre. El seudónimo puede estar constituido por nombre y apellido, Mirtha Legrand, Moria Casán, Nacha Guevara o solo por un nombre Sandro, o por denominaciones de fantasía, Landru, Nick.

Y tampoco se lo puede registrar como marca sin autorización.

Ni el nombre o seudónimo ni deformaciones de los mismos, por ejemplo, Mirta Legran, Moira Kasán,  o Nacha Guebara

Entonces, en los casos que mencionamos más arriba si las personas famosas accionan lo hacen en su derecho y no hay que buscar diferencias económicas o de otro tipo ya que se trata de derechos que todas las personas tienen.  Cualquier persona puede reclamar si un tercero usa o registra su nombre, su seudónimo o su imagen sin su autorización.

Más en www.sbm.com.ar

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El estudio SENA & BERTON MORENO fue fundado en 1937 por ALFREDO SENA y ERNESTO E. BERTON MORENO como una Agencia de Patentes y Marcas y un plantel estable de sólo cuatro personas. Desde ese entonces ha crecido hasta alcanzar su actual envergadura de cuarenta personas, quienes trabajan en oficinas ubicadas a sólo dos cuadras de la Casa de Gobierno y en el corazón del distrito comercial y financiero de la ciudad. Las características de S&BM a lo largo de los años han sido una actitud progresista y servicios personalizados al cliente prestados por un plantel altamente calificado de personas dispuestas a satisfacer las necesidades del cliente. De esta forma, el Estudio ha podido crecer y desarrollarse en las distintas áreas en las cuales se prestan los servicios.

Con el correr de los años, el Estudio ha incrementado tanto su cartera de clientes como la variedad de servicios que brinda, al punto de incluir una cantidad aproximada de seis mil clientes, incluyendo tanto firmas nacionales como extranjeras en todos los rubros del comercio.

Actualmente, S&BM es uno de los Estudios de Propiedad Industrial más importantes de la Argentina y cuenta con una excelente reputación en el extranjero. El Estudio tiene corresponsales en todo el mundo, a fin de poder satisfacer las necesidades de sus clientes en cualquier lugar y en cualquier momento que sea necesario. A fin de mantenerse al día con los constantes cambios, S&BM se mantiene actualizado con los últimos desarrollos tecnológicos.

Durante las últimas décadas, S&BM comenzó a desarrollar asesoramiento legal relacionados con las distintas áreas del derecho comercial. Los abogados de SBM trabajan como un equipo consolidado para lograr la colaboración de especialistas en distintas áreas del derecho. Así, nuestro Estudio presta servicios legales en temas corporativos con el fin de cubrir todos los aspectos de las necesidades de sus clientes. SENA & BERTON MORENO es miembro de numerosas asociaciones nacionales e internacionales.